El nuevo decreto de admisión y planificación debe priorizar la Escuela Pública Vasca

2025-04-03

El pasado mes de enero valorábamos positivamente el fallo del TSJPV por el que declaraba nulo de pleno derecho el Decreto 30/2023, de 28 de febrero, de modificación del Decreto por el que se establecen los criterios de ordenación y planificación, y exigíamos al Departamento de Educación que elaborara un nuevo decreto de planificación que priorice la Escuela Pública Vasca.

Ya está en marcha el proceso de elaboración del nuevo decreto y EHIGE ha hecho las siguientes aportaciones a la fase de debate de la consulta previa que finalizaba el pasado viernes.

 

PLANIFICACIÓN EDUCATIVA

Actualmente, la oferta de plazas escolares depende absolutamente de la demanda de solicitudes de cada centro. Esto va en contra de la propia lógica de la planificación escolar.

En el nuevo Decreto el Departamento de Educación debería establecer criterios objetivos concretos para definir la oferta de plazas escolar de cada área de influencia.

Además, la planificación educativa deber ser pública. La administración debe publicitarla y dar a conocer oficialmente antes de que se inicie el proceso de admisión, cosa que no ocurre hoy en día.

 

SOBREOFERTA

Una mala planificación educativa, en la que la administración pública no ajusta la oferta de plazas a las necesidades reales de escolarización, genera sobreoferta. La sobreoferta es una de las principales causas de la segregación escolar y es un problema que afecta tanto a una eficiente asignación de los recursos públicos como a la cohesión social.

Para abordar esta situación, el Departamento de Educación deberían tomar las siguientes medidas:

  • Definir claramente las necesidades reales de escolarización.
  • Hacer una planificación basada en datos.
  • Reforzar y priorizar a la Escuela Pública Vasca, como referente básico que garantiza el acceso universal a la educación.
  • Diseñar un mapa escolar adaptado a las necesidades demográficas, donde la Escuela Pública Vasca sea la garante del ejercicio del derecho universal a la educación sin distinción de origen, género, situación socioeconómica y cultural, creencias religiosas o cualquier otra circunstancia.
  • Establecer límites al potencial de algunos centros para atraer matrícula de otras áreas de influencia.

 

GARANTÍA DE PLAZAS PÚBLICAS

Tal y como establece la normativa básica, el nuevo Decreto debe hacer una oferta suficiente de plazas públicas y garantizar la existencia de plazas públicas suficientes, especialmente en las zonas de nueva población.

 

ESCOLARIZACIÓN EQUILIBRADA DEL ALUMNADO VULNERABLE

Para ordenar nuestro sistema educativo de modo que sea realmente inclusivo y no segregue al alumnado por razones socioeconómicas o de origen, el Departamento de Educación debería utilizar criterios objetivos para establecer el índice de vulnerabilidad, así como mecanismos de verificación para analizar el correcto cumplimiento de la norma y mecanismos específicos para detectar situaciones de desequilibrio durante el curso.

 

SERVICIO PÚBLICO VASCO DE EDUCACIÓN

El nuevo decreto de planificación y admisión debe establecer una distinción clara entre centros públicos y centros privados concertados.

Si el Servicio Público Vasco de Educación se concibe como un órgano, tal y como hacía el Decreto 30/2023 anulado, estaría incurriendo en una ilegalidad, puesto que no tendría encaje legal alguno. La ley es clara: los centros privados prestan el servicio de la educación a través de los conciertos educativos, y no hay más. La equiparación de centros públicos y centros privados no es posible, entre otras cosas porque la administración pública no tiene competencia para dirigir o intervenir en empresas que se rigen por el derecho privado.

 

PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

La participación de la comunidad escolar en la planificación educativa y la transparencia son fundamentales.

El nuevo debe incluir, necesariamente, tanto las Comisiones Territoriales de Seguimiento del Mapa Escolar con las mismas funciones que se incluían en el decreto de planificación de 2009, como la garantía de participación efectiva de los representantes de las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos y Alumnas.